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jueves, 8 de noviembre de 2007

BREVE INTRODUCCION HISTORICA

Queremos empezar haciendo una breve historia del proceso que nos ha metido en este lío, pues entendemos que la misma os será de utilidad para comprender algunos de los problemas que su puesta en práctica conllevará. Y será una pieza clave en la comprensión de uno de los conceptos que más miedo nos da de esta reforma que no es otro que el "valor razonable".

Esta modificación legislativa tiene su origen cuando en el año 1973 se creó el IASC (International Accounting Standards Committee), organismo privado y plurinacional con la intención de crear un marco contable homogeneo entre los diferentes países que se ha plasmado en la elaboración de unas Normas Internacionales de Contabilidad (NIC).

Posteriormente el 1 de Abril de 2001 el IASC cambia de nombre pasando a denominarse IASB (International Accounting Standards Board) que ratifica todas las NIC previamente publicadas en tanto las mismas no sean modificadas por las nuevas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). El objetivo principal de estas NIIF la es búsqueda de una información financiera clara, transparente y comparable, permitiendo la tomas de decisiones a los diferentes agentes involucrados. Y en aras de ese objetivo se consagra el "valor razonable" (que para entendernos de momento equipararemos al valor de mercado) como norma de valoración en sustitución del "precio de adquisición". Es decir, la contabilidad debe mostrar el valor actual de una empresa no el valor que tenían sus elementos en el momento de su adquisición.

Estas NIIF se han ido integrando paulatinamente en los ordenamientos jurídicos nacionales de diversos países, y es en este contexto cuando mediante el Reglamento 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo se decide que a partir de 1 de Enero de 2005 sea obligatorio aplicar las NIIF para la elaboración de las cuentas anuales consolidadas de los grupos de sociedades en los que alguna de las mismas cotice en un mercado organizado. Y también se recomienda que esas mismas normas inspiren la legislación contable interna de todos los estados miembros.

A partir de ese momento el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) inicia los trabajos preparatorios de la actual Reforma Contable conjugando por un lado el esquema del antiguo Plan General Contable de 1990 (este esquema se ha mantenido prácticamente inalterado en el nuevo Plan General Contable) y adaptando el mismo a los criterios contenidos en las NIIF. Por suerte, como más adelante desarrollaremos el Nuevo PGC limita notablemente el uso del "valor razonable" editándonos más quebraderos de cabeza de los que a buen seguro esta Reforma nos provocará.

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